Pagos de indemnizaciones por razón de servicio y pagos a personas físicas

Estimados investigadores/as,

desde el Servicio de Gestión Económica nos remiten la siguiente información para su distribución entre los investigadores/as del Instituto.


En relación a pagos de indemnizaciones por razón de servicio (viajes y dietas) y los relativos a conferencias, cursos, premios y similares (pago a personas físicas), indicarles que dichos pagos deben realizarse directamente a la persona que ha realizado el viaje, conferencia o similar, a una cuenta de su titularidad, no admitiéndose reintegros realizados por una persona distinta.

Rogamos la máxima difusión de esta circunstancia a todos los investigadores de su instituto.

Gracias por su colaboración.